Qué Hacer si el IRS Revoca o Niega su Pasaporte por Deudas Tributarias

Cuando un contribuyente debe una cantidad significativa en impuestos atrasados, las consecuencias pueden ir mucho más allá de las multas e intereses. Según la ley federal, el IRS puede certificar su deuda tributaria como “gravemente morosa” y solicitar al Departamento de Estado de EE. UU. que niegue, revoque o limite su pasaporte.
Esta autoridad proviene del 26 U.S.C. § 7345, promulgado por el Congreso como parte de la Ley FAST (Fixing America’s Surface Transportation Act) en 2015. Según la Sección 7345, el Comisionado del IRS puede certificar a una persona como deudora de impuestos “gravemente morosa” si se cumplen las siguientes condiciones:
- La deuda tributaria federal ha sido evaluada;
- El monto total excede los $50,000, ajustado por inflación;
- La deuda no ha sido pagada y es legalmente exigible; y
- El IRS ha presentado un aviso de gravamen o ha realizado un embargo, y todos los derechos de apelación administrativa han sido agotados o vencidos.
Una vez que el IRS realiza esta certificación, el Secretario del Tesoro la transmite al Secretario de Estado, quien puede negar, revocar o limitar el pasaporte del contribuyente. Según la Sección 7345(d), el Comisionado del IRS también debe notificar al contribuyente sobre la certificación.
¿Qué Puede Hacer Después de Recibir un Aviso de Certificación del IRS?
Un contribuyente que recibe este aviso tiene opciones judiciales y administrativas para impugnar la certificación.
Opciones Judiciales del Contribuyente
El contribuyente puede acudir al Tribunal Tributario de EE. UU. o al tribunal de distrito federal correspondiente para impugnar la certificación del IRS de “deuda tributaria gravemente morosa.” Los temas clave que el tribunal revisará son:
- Si el contribuyente ya pagó la deuda tributaria o tiene un plan de pago establecido;
- Si la deuda tributaria no es legalmente exigible; o
- Si el IRS no proporcionó el aviso adecuado de la deuda o de la certificación.
Es importante recordar que los tribunales no pueden revisar la validez de la deuda tributaria en sí en estos casos de revocación de pasaporte. La jurisdicción del tribunal se limita a determinar si la certificación del IRS fue errónea o si el IRS no revocó dicha certificación cuando estaba legalmente obligado a hacerlo.
Si el tribunal determina que la certificación del IRS fue improcedente, puede ordenar al Secretario del Tesoro que notifique al Secretario de Estado que la certificación fue errónea. Sin embargo, no se concede ningún otro tipo de reparación según el 26 U.S.C. § 7345(e); el tribunal no puede ordenar directamente la reinstalación del pasaporte.
La Ley FAST de 2015 establece el proceso para certificar deudas tributarias morosas y las consecuencias que conlleva para la emisión o revocación de pasaportes. Aunque los tribunales no revisan la legitimidad de la deuda, esta debe encontrarse dentro del plazo de prescripción de cobro de diez años. Según el 26 U.S.C. § 6502, el IRS tiene diez años desde la fecha de evaluación para cobrar una deuda tributaria. Por tanto, una certificación debe referirse a una deuda que aún sea exigible en el momento de la determinación de “gravemente morosa.” Una deuda fuera de ese plazo de diez años no es legalmente exigible, lo que puede constituir una defensa sólida en casos de revocación de pasaporte.
Opciones Administrativas (Fuera de los Tribunales)
Litigar no siempre es la mejor o única opción para resolver un problema de certificación de pasaporte. En muchos casos, es más práctico que los contribuyentes negocien directamente con el IRS para revertir la certificación mediante varios recursos administrativos.
Por ejemplo, los contribuyentes pueden celebrar un acuerdo de pago a plazos o presentar una oferta de transacción (“offer in compromise”) con el IRS. Estos acuerdos eliminan inmediatamente la deuda de la definición de “deuda tributaria gravemente morosa.” Una vez establecido dicho acuerdo, el IRS debe notificar al Departamento de Estado para revertir la certificación.

Los contribuyentes también pueden solicitar una Audiencia de Proceso Debido de Cobro (CDP, por sus siglas en inglés), la cual puede suspender temporalmente las acciones de cobro y ofrecer la oportunidad de impugnar la certificación. Esta audiencia permite al contribuyente discutir alternativas de cobro, presentar nueva evidencia o alegar errores de procedimiento del IRS.
Otras formas de alivio equitativo también pueden estar disponibles, dependiendo de las circunstancias del contribuyente. Por ejemplo, un contribuyente podría solicitar alivio por cónyuge inocente u otras excepciones basadas en razones humanitarias que afecten la cobrabilidad o la equidad de la deuda.
Estos enfoques administrativos —ya sea antes o después de la certificación del IRS— pueden resolver el problema más rápidamente que un litigio formal.
Consideraciones Prácticas
Seamos realistas: el proceso para impugnar o revertir una certificación de pasaporte puede ser complejo, y el tiempo es crucial. El IRS y el Departamento de Estado no actúan con rapidez, y las restricciones de viaje pueden afectar sus planes personales, familiares o de negocios.
Los contribuyentes que enfrentan una certificación bajo la Sección 7345 deben actuar de inmediato al recibir el aviso. La estrategia adecuada —litigio, negociación o apelación administrativa— dependerá de los hechos y circunstancias de cada caso.
Un abogado con experiencia en controversias tributarias puede evaluar si la certificación fue válida, ayudar al contribuyente a presentar una impugnación judicial y negociar directamente con el IRS para buscar la revocación de la certificación y la restauración de los privilegios de pasaporte.
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